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miércoles, 16 de marzo de 2011

LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE Y FORMACIÓN PROFESIONAL

La Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible,introduce importantes cambios tanto para profesores como para alumnado de Fromación Profesional:

RECONOCIMIENTO DE COMPETENCIAS PROFESIONALES
"1. El Gobierno, de común acuerdo con las Comunidades Autónomas y los interlocutores sociales, dará prioridad a la evaluación y acreditación de las competencias profesionales relacionadas con:
  • Los sectores de crecimiento, que estén generando empleo.
  • Personas desempleadas sin cualificación profesional acreditada.
  • Sectores en los que exista alguna regulación que obligue a los trabajadores que quieran acceder o mantener el empleo a poseer una acreditación formal.
2. Las Administraciones Públicas promoverán las acciones educativas y/o formativas necesarias, presenciales o a distancia, para que las personas que hayan participado en el proceso de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, puedan cursar los módulos profesionales o formativos necesarios para completar y conseguir, así, un título de Formación Profesional o un Certificado de profesionalidad.
3. Las administraciones competentes promoverán que los centros públicos y privados concertados ofrezcan programas específicos de formación dirigidos a las personas que, una vez acreditadas determinadas competencias profesionales, quieran completar la formación necesaria para obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad, que les prepare y les facilite su inserción laboral.»

 ENTORNOS INTEGRADOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR: ¿UNIVERSIDAD Y CICLOS UNIDOS?
Se promoverá la generación de entornos integrados de educación superior, donde se desarrollen nuevos modelos de relaciones entre el tejido productivo, la universidad, la formación profesional y los organismos agregados, con el fin de crear innovación científica y empresarial.
Se entiende por entorno integrado de educación superior aquel campus universitario que incorpore en su ámbito de influencia centros de formación profesional que impartan ciclos formativos de grado superior cuyas familias profesionales se encuentren relacionadas con las especializaciones del campus.

CONVALIDACIONES UNIVERSIDAD/CICLOS FORMATIVOS GRADO SUPERIOR
Quizás para el alumnado el apartado más interesante, se reconoce al menos la convalidación de 30 ECTS (créditos europeos), más las FCT si existieran prácticas en el Grado Universitario y por primera vez convalidación para alumnado que pasa de una carrera o grado universitario a un ciclo formativo, ago que muchos/as llevábais pidiendo desde hace tiempo.

Las convalidaciones entre quienes posean el título de Técnico Superior, o equivalente a efectos académicos, y cursen enseñanzas universitarias de grado relacionadas con dicho título, teniendo en cuenta que, al menos, se convalidarán 30 créditos ECTS.
b) Siempre que las enseñanzas universitarias de grado incluyan prácticas externas en empresas de similar naturaleza a las realizadas en los ciclos formativos, se podrán convalidar, además, los créditos asignados al módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo del título de Técnico Superior relacionado con dichas enseñanzas universitarias.
c) Se podrán también convalidar otros créditos teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a materias conducentes a la obtención de títulos de grado, o equivalente, con créditos obtenidos en los módulos profesionales superados del correspondiente título de Técnico Superior, o equivalente, a efectos académicos.
d) Las convalidaciones que procedan entre los estudios universitarios de grado, o equivalente, que tengan cursados y los módulos profesionales que correspondan del ciclo formativo de grado superior que se curse.

 PCPIs Y ES.O. INTERRUMPIDA
"Corresponde a las Administraciones educativas organizar programas de cualificación profesional inicial destinados al alumnado mayor de 15 años, cumplidos antes del 31 de diciembre del año de inicio del programa, para el que se considere que es la mejor opción para alcanzar los objetivos de la etapa. Para acceder a estos Programas se requerirá el acuerdo del alumnado y de sus padres o tutores.
« Los alumnos que cursen la Educación Secundaria Obligatoria y no obtengan el título al que se refiere este artículo recibirán una certificación oficial en la que constará el número de años cursados y el nivel de adquisición de las competencias básicas."

Si queréis consultar la L.O. 4/2011 de acompañamiento a la Ley de Economía Sostenible de donde he extraído estos artículos, haced click aquí. 




1 comentario:

  1. Pues a mi parecer la relación que establece esta nueva normativa entre la Universidad y "FP" me parece un comppleto DISPARATE por cuanto no se han elaborado los planes de unos y otros relacionándolos entre sí, dándoles continuidad. Me pegunto de qué trata esta nueva idea, de aprender o de tener títulos.

    Para más información sobre esto, escribí un post en mi blog titulado:

    Convalidaciones a saldo: escandalosa relación entre "FP" y Universidad

    Podéis leerlo en www.lacajonera.com

    Un cordial saludo,

    Marta A.-

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