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martes, 16 de noviembre de 2010

NOVEDADES LEGISLATIVAS



A partir del 1 de enero del 2011, la notificación electrónica será obligatoria por parte de la Administración Tributaria para las entidades que tengan la forma jurídica de sociedad anónima (entidades con número de identificación fiscal –NIF– que empiece por la letra A),sociedad de responsabilidad limitada (entidades con NIF que empiece por la letra B), así como las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española (NIF que empiece por la letra N), los establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español (NIF que empiece con la letra W), las uniones temporales de empresas (entidades cuyo NIF empieza por la letra U), y las entidades cuyo NIF empiece por la letra V y se corresponda con uno de los siguientes tipos: Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de titulización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

Las empresas se tienen que poner rápidamente al día para contar con los medios precisos para estas notificaciones. La disposición completa la podéis consultar aquí.


Por otro lado, os dejo un enlace a la reforma laboral (haced click en la imagen), que se aprobó el pasado 17 de septiembre mediante la Ley 35/2010. Los aspectos más importantes ya los estamos viendo en clase, no os preocupéis que estamos actualizados ;).





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