Ayer vimos en clase que podíamos hablar de:
- Relaciones laborales, si se cumplen las notas de dependencia, retribución, ajeneidad y voluntariedad. (Referencia legal Art.1.1. Estatuto de los trabajadores).
- Relaciones laborales especiales. Pese a cumplir las características de la relación laboral presentan peculiariedades que hacen que su regulación sea distinta. (Referencia legal Art. 2.1. E.T.)
- Relaciones laborales excluídas. Por no reunir todas las características propias de la relación laboral. (Referencia legal Art. 1.3E.T.)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por dejar tu opinión.